Las
ciencias operan con principios de diversa índole. Hay principios físicos,
matemáticos y metafísicos; los hay ciertos o más o menos hipotéticos; otros son
universales o particulares. Cada ciencia, por otra parte, los emplea en el contexto
de su propio modo de argumentar.
Principios
comunes y propios. Esta es la primera división de los principios del
conocimiento científico. Principios comunes, primeros o metafísicos, son las
verdades inmediatas y certísimas que se refieren a las propiedades del ente, o
en todo caso a algunas características básicas de la realidad. Así, se puede
observar que cualquier juicio, sea espontáneo o científico, presupone el
principio de no-contradicción: «algo no puede ser y no ser a la vez, en el
mismo sentido». Quien no admita esta verdad, ni siquiera podría hacer una
afirmación con sentido; al intentar negar este principio, lo afirmaría.
Otros
principios de este orden son, por ejemplo: el de causalidad, presupuesto de las
ciencias físicas; el de la identidad comparada («dos cosas idénticas a una
tercera son iguales entre sí»), que se aplica especialmente en las matemáticas;
el de finalidad, que es muy claro en los vivientes y en el obrar humano; el de
bondad moral, primer principio práctico («hay que hacer el bien y evitar el
mal»); el del conocimiento de la verdad, o persuasión de que el hombre puede
conocer algunas verdades, lo cual es presupuesto de cualquier ciencia.
El
conocimiento espontáneo advierte estos principios con facilidad, pues son
inmediatos al ejercicio de la inteligencia y, una vez recibidos de la
experiencia, permanecen en ella como un hábito intelectual (hábito de los
primeros principios). Por eso no sólo son verdades ciertas, sino que están
dotados de la máxima certeza, y son fundamento de la certeza de las demás
verdades universales (negarlos supone caer en el escepticismo). Esto no
significa que su aplicación en casos concretos no pueda resultar difícil a
veces, y que el hombre no pueda negarlos por medio de construcciones teóricas,
aunque normalmente en su vida práctica los seguirá utilizando. El examen a
fondo de estos principios pertenece a la metafísica.
Las
ciencias particulares presuponen algunos de estos primeros principios,
utilizándolos implícitamente: «los principios comunes son asumidos por cada
ciencia demostrativa de una manera analógica, en la medida en que se
proporcionan a ella» (In I Anal. Post., lect. 8). Algunos, como el de
no-contradicción del ente, son presupuestos de cualquier ciencia; en este
sentido, «los primeros principios desde los que se demuestra son comunes a
todas las ciencias (...) han de aplicarse a los principios propios para
demostrar» (In I Anal. Post., lect. 43), pues «los principios segundos reciben
su fuerza de los primeros» (ibidem).
Naturalmente,
la ciencia particular no reflexiona sobre la naturaleza y el último sentido de
los primeros principios; hacerlo así, tanto para afirmarlos como para negarlos,
implica asumir una posición filosófica.
En
teología, los principios son los artículos de la fe, contenidos en las fuentes
de la Revelación, y a veces declarados solemnemente como dogmas por el
Magisterio de la Iglesia. Son más altos que los primeros principios
metafísicos, y aún más ciertos que cualquier verdad humana, pues no se basan en
la razón del hombre, sino en la misma Sabiduría de Dios. Sin embargo, la
negación de algunos de los primeros principios metafísicos implica la negación
de las verdades de fe (por ejemplo, si alguien dice que no puede conocer la
verdad, tampoco aceptará las verdades de la fe).
Los
principios propios, segundos o particulares conciernen a las ciencias
particulares, pues son tesis fundamentales acerca del objeto formal de una
disciplina particular, o con relación a sus nociones primitivas. Entre éstos
hay una jerarquía interna, ya que unos abarcan toda la ciencia, mientras que
otros se refieren más bien a algunas de sus ramas.
En
las ciencias prácticas, los principios se denominan normas, leyes, reglas. Así
sucede, por ejemplo, con las leyes morales, estudiadas por la ética, o con las
reglas para efectuar deducciones en la lógica como arte. Un principio operativo
es una regulación de los actos humanos en orden a un determinado fin: la norma
no expresa lo que es, sino lo que debe ser o, mejor, lo que el hombre ha de
hacer para conseguir una finalidad. Las leyes pueden ser humanas, cuando son
establecidas por los hombres (por ejemplo, las reglas de un juego);
divino-naturales, cuando responden a una inclinación natural puesta por el
Creador; o divino-positivas, cuando son promulgadas por Dios que se revela a
los hombres.
(Tomado de "Lógica", de J.J Sanguineti)
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