Las nociones (cuya expresión oral o escrita son los
términos) consisten en ciertos conceptos simples, o representaciones
intelectuales de las cosas, a los que no acompaña ninguna afirmación o
negación. Si las nociones tienen por objeto alguna esencia o determinación
real, serán nociones directas o, como también se las puede llamar, «nociones
reales». Pero es evidente que, en cuanto nociones, tienen peculiares,
características que no tienen las cosas mismas; representan sí a las esencias
reales, pero con ciertas modalidades, a saber, con las que esas esencias
adquieren al darse en la mente, como objetos de otras tantas simples
aprehensiones intelectuales, y que son distintas de las modalidades que las
tales esencias tienen en la realidad. En efecto, las esencias reales se dan en
la realidad como concretas y singulares, pero se dan en la mente como
abstractas y universales. Pues bien, al considerar esas características
peculiares de las nociones, se forman en nuestra mente otras nociones, que ya
no son directas o reales, sino reflejas o lógicas. Son reflejas porque tienen
por objeto las anteriores nociones directas, y son lógicas porque se ocupan de
ciertas propiedades lógicas, las que acompañan a las esencias conocidas y en
tanto que conocidas.
Las propiedades lógicas de las que se ocupan las nociones
lógicas son (aparte de la abstracción, que más que una propiedad lógica es la
condición necesaria para cualquier propiedad lógica) estas dos: la
universalidad y la predicabilidad. La universalidad es la relación entre cierta
unidad mental y los individuos en que se realiza, o a los que significa o a los
que representa. Por su parte, la predicabilidad es la relación entre algo
universal y los individuos a los que se puede atribuir o de los que se puede
predicar. Ambas relaciones son de razón (no se dan más que en la mente y por la
mente) y constituyen otras tantas intenciones segundas; además, de esas
relaciones, la primera es fundamento de la segunda, o sea, que la universalidad
es el fundamento de la predicabilidad.
De lo universal puede hablarse en dos sentidos: uno
material y otro formal. El universal materialmente considerado es la misma
esencia o naturaleza aprehendida en sí misma, o sea, precisión hecha de que
exista en la realidad, singularizada en cada individuo, o de que se dé en la
mente, universalizada por la abstracción. En cambio, el universal formalmente
considerado es precisamente esa universalidad que las esencias adquieren en la
mente, al ser intelectualmente conocidas. De aquí se sigue que el universal
material es (o puede ser) algo real, pero el universal formal es siempre algo
de razón, una relación de razón de segunda intención.
De manera semejante, también de lo predicable puede
hablarse en dos sentidos: uno material y otro formal. Lo predicable material es
el conjunto de los predicados que pueden atribuirse a los distintos sujetos, y
que, siguiendo a Aristóteles, Santo Tomás los distribuye en diez géneros (las
diez categorías o predicamentos). En cambio, el predicable formal es el
conjunto de los modos como esos predicados pueden atribuirse a los distintos
sujetos, y que, siguiendo también a Aristóteles, Santo Tomás los reduce a cinco
(los cinco predicables), a saber, el género, la diferencia, la especie, la
propiedad y el accidente. Por eso también los predicamentos o categorías son (o
pueden ser) algo real; pero los predicables son algo lógico, otras tantas
relaciones de razón de segunda intención.
(Tomado de "Tomás de Aquino, maestro del orden")
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